Cómo rellenar el impreso multimodal IMDG, casilla por casilla
El impreso multimodal de mercancías peligrosas del Código IMDG, que DGAssistant emite con los datos de cada expedición marítima, se rellena identificando a los participantes y el viaje en las casillas 1 a 13, describiendo la mercancía en la casilla 14 en un orden fijo y firmando el certificado de arrumazón en la casilla 20 y la declaración del expedidor en la casilla 22.
Edición y capítulos
Esta guía se basa en el Código IMDG, edición de 2024, enmienda 42-24, en vigor desde el 1 de enero de 2026. El documento se rige por el capítulo 5.4: la sección 5.4.1 trata de la información sobre las mercancías peligrosas, la 5.4.2 del certificado de arrumazón y la 5.4.5 del impreso. Los datos salen de la Lista de mercancías peligrosas (capítulo 3.2), de los capítulos 3.4 y 3.5 para las cantidades limitadas y exceptuadas, y del capítulo 2.10 para los contaminantes del mar.
Los términos siguen el glosario de DGAssistant. La versión española del Código dice «consignador», «consignatario», «nombre de expedición», «peligro secundario» y «FEm» donde aquí se lee expedidor, destinatario, designación oficial de transporte, peligro subsidiario y EmS. Las menciones obligatorias entre comillas son las de esa versión.
Lo obligatorio es la información, no el formato
El 5.4.5.1 marca la diferencia: los datos hay que facilitarlos, pero este modelo concreto es opcional. El Código lo presenta como una forma posible de documento de transporte (5.4.1.2.5) que cumple la regla VII/4 del Convenio SOLAS y la regla 5 del Anexo III de MARPOL. Su ventaja es que una sola hoja sirve de documento de transporte y de certificado de arrumazón; en otro caso, ambos se unen (5.4.2.2).
En cualquier formato, las páginas se numeran correlativamente (5.4.1.2.3), y las mercancías peligrosas van primero, o se destacan de otro modo, si el documento recoge también otras (5.4.1.2.2). La transmisión electrónica requiere el acuerdo del transportista, y el expedidor debe poder presentar sin demora una versión en papel, en la secuencia prevista (5.4.1.1). Expedidor y transportista conservan un ejemplar durante tres meses como mínimo (5.4.6.1).
El impreso, casilla por casilla
| Casilla | Nombre | Qué se pone |
|---|---|---|
| 1 | Expedidor/consignador/remitente | Nombre y dirección del expedidor (5.4.1.3). |
| 2 | N.º de documento de transporte | Referencia que identifica el documento. |
| 3 | Página de páginas | Página y total. Las hojas de continuación repiten las casillas 1 a 5 y la 14. |
| 4 | Referencia del expedidor | Referencia propia del expedidor. |
| 5 | Referencia del transitario | Referencia propia del transitario. |
| 6 | Destinatario | Nombre y dirección (5.4.1.3). En sustancias infecciosas, la dirección completa con el nombre y el teléfono de un responsable (5.4.1.5.6). |
| 7 | Transportista | La propia casilla la reserva al transportista. |
| 8 | Restricciones para aeronaves | Se tacha lo que no proceda: aeronave de pasajeros y de carga, o exclusivamente en aeronaves de carga. Solo tiene función si el viaje incluye un tramo aéreo. |
| 9 | Información adicional sobre la manipulación | Datos de manipulación o de emergencia ajenos a la descripción. El Código no fija su contenido. |
| 10 | N.º de buque/vuelo y fecha | Buque o vuelo, y fecha de salida. |
| 11 | Puerto/lugar de carga | Dónde se carga la mercancía. |
| 12 | Puerto/lugar de descarga | Dónde se descarga. |
| 13 | Destino | Adónde va. |
| 14 | Marcas de transporte; número y tipo de bultos; descripción de las mercancías; masa bruta (kg); masa neta (kg); volumen (m³) | Véase el apartado siguiente (5.4.1.4 y 5.4.1.5). |
| 15 | N.º de identificación del contenedor o matrícula del vehículo | Número de la unidad, que el certificado debe indicar (5.4.2.1). |
| 16 | Número(s) de precinto | Precintos de la unidad. |
| 17 | Tamaño y tipo del contenedor/vehículo | Tamaño y tipo de la unidad. |
| 18 | Tara (kg) | Tara de la unidad. |
| 19 | Masa bruta total (kg), tara incluida | La unidad con su contenido. |
| 20 | Certificado de arrumazón del contenedor/vehículo | Empresa responsable de la arrumazón/carga, nombre y cargo del declarante, lugar, fecha y firma de quien dirige la operación en la unidad (notas del 5.4.5). |
| 21 | Acuse de recibo de la organización receptora | Al recibir la carga: lo recibido, observaciones si no parece estar en buen estado, nombre del transportista por carretera, matrícula del vehículo y firma del conductor. |
| 22 | Declaración del expedidor: firma | Empresa, nombre y cargo del declarante, lugar, fecha y firma del expedidor (5.4.1.6.1). La firma facsímil vale si la ley la reconoce; con transmisión electrónica se admite la firma electrónica o el nombre en mayúsculas del firmante (5.4.1.6.2). El documento debe indicar además la fecha en que él o una copia electrónica se preparó o se entregó al primer transportista (5.4.1.3). |
La casilla 14: la descripción de la mercancía
Cinco elementos forman la descripción, y el 5.4.1.4.2 fija su orden y no admite nada entre ellos, salvo lo que prevea el Código:
- El número ONU, con las letras UN delante.
- La designación oficial de transporte, con el nombre técnico entre paréntesis en los epígrafes con disposición especial 274 o 318.
- La clase o división, con esas palabras o sin ellas, y, en la clase 1, el grupo de compatibilidad.
- El peligro subsidiario, si lo hay, entre paréntesis.
- El grupo de embalaje, cuando esté asignado.
Todo lo demás va después, empezando por las cantidades del 5.4.1.5.1. Se indica una cantidad total por cada designación oficial de transporte, número ONU o grupo de embalaje distintos, en volumen o en masa; en la clase 1 se da la masa neta de materia explosiva, y los embalajes vacíos sin limpiar no necesitan total. También se indican el número y el tipo de bultos: el código ONU del embalaje puede complementar el tipo, como en «una caja (4G)», pero no lo sustituye. En un embalaje combinado no hace falta detallar los envases interiores.
Una misma materia muestra cómo cambia el texto según el régimen. La Lista recoge la trementina como UN 1299, clase 3, grupo de embalaje III, letra P en la columna 4, 5 L en la columna 7a y un punto de inflamación de 35 °C en vaso cerrado en la columna 17. Los embalajes y las cantidades son ilustrativos.
| Expedición | Descripción de la mercancía | Bultos y cantidad total |
|---|---|---|
| Bidones de acero de 200 L | UN 1299, TREMENTINA, 3, GE/E III, (35 °C v.c.), CONTAMINANTE DEL MAR | 40 bidones de acero (1A1), 8 000 L |
| Cajas de cartón con cuatro envases interiores de 5 L y menos de 30 kg brutos | UN 1299, TREMENTINA, 3, GE/E III, (35 °C v.c.), CANT. LTDA. | 60 cajas de cartón, 1 200 L |
En la segunda entrada desaparece la mención de contaminante del mar porque ningún envase interior supera los 5 L; el punto de inflamación se mantiene porque el capítulo 5.4 sigue aplicándose.
Punto de inflamación
El punto de inflamación se declara en los líquidos con peligro principal o subsidiario de la clase 3 y un valor de hasta 60 °C en vaso cerrado (5.4.1.4.3.7), así que también afecta, por ejemplo, a un líquido de la clase 6.1 con peligro subsidiario 3. Se indica el valor mínimo, y los ejemplos del 5.4.1.4.4 lo sitúan entre paréntesis detrás del grupo de embalaje. La cifra de la Lista es solo una referencia: el Código advierte de que las impurezas pueden moverla en uno u otro sentido, así que el dato debe corresponder al producto que se expide.
Contaminante del mar
El contaminante del mar se identifica con la mención «CONTAMINANTE DEL MAR», que puede ampliarse a CONTAMINANTE DEL MAR/PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE (5.4.1.4.3.6). Tres comprobaciones:
- Clasificación. La letra P de la columna 4 y del índice señala los contaminantes conocidos, pero su ausencia no descarta los criterios del 2.10.3 (2.10.2.4).
- Epígrafes N.E.P. La designación se completa con el nombre químico reconocido del componente que más contribuye a la clasificación (3.1.2.9.1).
- Embalajes pequeños. Si la materia cumple además los criterios de otra clase, salvo la 7, y cada embalaje único o envase interior contiene como máximo 5 L o 5 kg netos, no se aplican la mención, las marcas ni la preferencia de estiba del 7.1.4.2 (2.10.2.7). Los UN 3077 y UN 3082 tienen su propia vía: la disposición especial 375 exime esas cantidades del resto del Código si los embalajes cumplen las disposiciones generales.
Códigos EmS
La columna 15 de la Lista da dos códigos de la Guía EmS: primero la ficha contra incendios y después la ficha contra derrames, por ejemplo F-E, S-E en la trementina. El Código dice que esta columna no es obligatoria, y el 5.4.1 no exige los códigos. Lo obligatorio es que la información de respuesta para emergencias esté accesible de inmediato en todo momento y lejos de los bultos (5.4.3.4.1), ya sea con entradas en el documento de transporte, la lista especial o el manifiesto, con un documento aparte como una ficha de datos de seguridad, o con la Guía EmS y la guía MFAG usadas junto con el documento de transporte.
Aun así, muchas navieras piden los códigos; si se incluyen, van después de la descripción. En los epígrafes N.E.P. y otras denominaciones genéricas, el expedidor puede declarar otros códigos si le constan como más precisos.
Cantidades limitadas y exceptuadas
Una expedición en cantidad limitada sigue necesitando el documento, porque el 3.4.1.2 mantiene vigente el capítulo 5.4. La columna 7a da el máximo por envase interior u objeto, y un cero excluye este régimen. El bulto no puede superar 30 kg brutos, o 20 kg en bandeja con funda retráctil o elástica (3.4.2). La descripción debe incluir las palabras «cantidad limitada» o «CANT. LTDA.» (3.4.6.1 y 5.4.1.5.2.1). Las materias de una misma clase y del grupo de embalaje III embaladas juntas al amparo del 3.4.4.1.2 llevan además la declaración «Transporte de conformidad con 3.4.4.1.2 del Código IMDG».
Las cantidades exceptuadas son parecidas: se aplica el capítulo 5.4 (3.5.1.1), la columna 7b da el código, E0 excluye el régimen y el documento añade «mercancías peligrosas en cantidades exceptuadas» con el número de bultos (3.5.6.1).
Otras menciones que puede necesitar
| Caso | Qué añade el impreso | Apartado |
|---|---|---|
| Desechos para su eliminación, no radiactivos | «DESECHOS» delante de la designación | 5.4.1.4.3.3 |
| Medios de contención vacíos sin limpiar, salvo clase 7 | «VACÍO, SIN LIMPIAR» o «CONTIENE RESIDUOS DE LA ÚLTIMA CARGA», delante o detrás de la descripción | 5.4.1.4.3.2 |
| Sólido presentado fundido | «FUNDIDO(A)» en la designación | 5.4.1.4.3.4 |
| Líquido a 100 °C o más, sólido a 240 °C o más | «CALIENTE» justo después de la designación, salvo que esta ya lo indique | 5.4.1.4.3.5 |
| Materia estabilizada | «ESTABILIZADA»; si es por regulación de temperatura, «TEMPERATURA REGULADA», con las temperaturas de regulación y de emergencia | 5.4.1.4.3.9 y 5.4.1.5.4 |
| Pilas o baterías de litio con disposición especial 376 o 377 | «DAÑADAS/DEFECTUOSAS», «BATERÍAS DE LITIO PARA SU ELIMINACIÓN» o «BATERÍAS DE LITIO PARA RECICLADO» | 5.4.1.4.3.8 |
El 5.4.1.5 añade más casos: embalajes de socorro, materias autorreactivas, materias polimerizantes y peróxidos orgánicos con regulación de temperatura, aerosoles de más de 1 000 mL, grupos de segregación, artificios de pirotecnia, gases licuados refrigerados en cisternas portátiles, clases 1 y 7, y lo que exija una disposición especial.
El certificado de arrumazón: casillas 15 a 20
Quien arruma el contenedor o vehículo extiende el certificado con el número de identificación de la unidad (5.4.2.1). La firma de la casilla 20 responde de tres cosas:
- La unidad. Está limpia, seca y, a simple vista, en condiciones de recibir la mercancía; en la clase 1, salvo la división 1.4, es estructuralmente utilizable (7.1.2); lleva las marcas, etiquetas y placas-etiquetas correctas, sin las que ya no proceden; y, si lleva un refrigerante o agente de acondicionamiento con riesgo de asfixia, como el hielo seco (UN 1845), está marcada por fuera (5.5.3.6).
- La carga. Cada bulto se ha examinado por fuera y solo se han cargado los que están en buen estado; los que deben segregarse están separados, salvo aprobación de la autoridad competente; los bidones van en posición vertical, salvo que esa autoridad autorice otra cosa; la carga está bien colocada y, si hace falta, sujeta; lo cargado a granel está repartido de manera uniforme.
- La documentación. Quien carga ha recibido un documento de transporte por cada expedición.
Las cisternas portátiles no necesitan el certificado (5.4.2.1). Si la hoja se usa solo como certificado y no como documento combinado, una declaración firmada por el expedidor o el proveedor debe cubrir cada expedición de la unidad (notas del 5.4.5).
Errores frecuentes
- Alterar el orden de la descripción, con el punto de inflamación, la cantidad o la mención de contaminante del mar entre la designación y el grupo de embalaje.
- Copiar el punto de inflamación de la Lista en lugar de tomarlo del producto.
- Basarse solo en la letra P, u omitir el nombre químico en un epígrafe N.E.P. clasificado como contaminante del mar.
- Aplicar la excepción de 5 L o 5 kg al bulto, cuando se refiere a cada embalaje único o envase interior.
- Dar por resuelta la información de emergencia con el código de la columna 15, cuando debe existir una de las vías del 5.4.3.4.1.
- Declarar la masa bruta en la clase 1, o un código ONU de embalaje sin el tipo de bulto.
- Hacer firmar la casilla 20 a quien no dirigió la operación.
Cómo lo resuelve DGAssistant
DGAssistant emite el impreso multimodal con una expedición cuyos participantes, productos y residuos usted define una sola vez. SmartDGAssistant solo pide los datos que exige cada situación y le avisa si el documento es incorrecto, indicando cómo resolverlo. En los puntos de esta guía:
- Al añadir la mercancía, usted indica si es contaminante del mar, y de ello dependen la marca y la mención en el impreso.
- Si un producto aparece varias veces en una declaración, la aplicación incluye un inventario con la cantidad total, y la gestión de la densidad permite indicar en kilogramos la cantidad de los líquidos.
- La aplicación gestiona además el código de homologación, los envases interiores y las fichas de emergencia EmS, y comprueba la segregación al añadir las mercancías.
- Las cantidades limitadas y exceptuadas siguen las reglas de su régimen, y el certificado de arrumazón se emite con el resto cuando corresponde.
- Si el viaje incluye un tramo por carretera, el impreso puede llevar la información del ADR o emitirla por separado, como explican las preguntas sobre reglamentación.
Para emitirlo, marque Mostrar Impreso IMDG Multimodal de Mercancías Peligrosas en la última pestaña, Destinatario y Mercancías, y pulse Finalizar; o marque la expedición en Lista de Expediciones (Documentos de Transporte) y pulse Documento de Transporte.
Las instrucciones paso a paso están en la sección IMDG del manual y en el vídeo tutorial. También puede descargar gratis la plantilla del impreso IMDG-IMO en Excel.